Autorización Sanitaria de Funcionamiento (ASF)

Decreto 22/2006 de 7 de marzo de 2007 de la Consejería de Sanidad de
Castilla-La Mancha, sobre establecimientos de comidas preparadas.

El citado Decreto determina que todos estos establecimientos (restaurantes, bares, comedores, etc.) deben obtener la "AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO (ASF)".

Los requisitos que han de cumplir para obtener dicha autorización son:

  • Cumplir las condiciones técnico-sanitarias fijadas en la normativa.
  • Presentar y garantizar un programa de autocontrol basado en el Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (A.P.P.C.C.).
  • Asegurar la formación de manipuladores de alimentos.
La disposición transitoria del Decreto 22/2006 determina para los establecimientos que a la entrada en vigor de este Decreto no dispongan de autorización sanitaria de funcionamiento, deberán solicitarla en plazo máximo de un año.

Una vez transcurrido este periodo, la Consejería ha comenzado la realización de inspecciones a los establecimientos afectados por la normativa, y en caso de incumplimiento se han iniciado expedientes sancionadores que pueden conllevar multas económicas.

Aceña cuenta con un equipo técnico cualificado que les ofrece:

  • Elaboración del sistema de autocontrol para su actividad, basado en los principios del sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC).
  • Asesoramiento en el seguimiento del sistema de autocontrol.
  • Tramitaciones para la obtención de la "AUTORIZACIÓN SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO", ante la Delegación Provincial de Sanidad.